El Día Internacional de la No Violencia contra la mujer se instauró en memoria de tres luchadoras sociales asesinadas por la dictadura de Rafael Trujillo en la República Dominicana en 1960.
La Argentina legisló sobre la base de la declaración hecha en 1994 por Naciones Unidas.
El 25 de noviembre, las hermanas Patria Mercedes, Minerva Argentina y Antonia María Teresa Mirabal, fueron asesinadas por el régimen de facto de Trujillo.
Las tres se opusieron fervientemente a la cruenta dictadura y formaron un grupo de oposición denominado “Agrupación 14 de junio”, donde eran conocidas como “Las Mariposas”. Fueron encarceladas y torturadas, y finalmente las mataron por orden de Trujillo.
El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas, declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, e invitó a gobiernos, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales a desarrollar en ese día actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto al problema de la violencia contra la mujer.
En la Argentina, la ley 26485 y el proceso de reglamentación en el que se está trabajando tomaron como documento inicial y guía la “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer” establecida en 1994 por Naciones Unidas. Este texto define violencia contra la mujer como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la privación de la libertad”. Se entiende que la violencia contra la mujer abarca los siguientes actos:
• La violencia física, sexual y psicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia relacionada con la explotación.
• La violencia física, sexual y psicológica perpetrada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada.• La violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el Estado.
La mujer tiene derecho a la vida, a la igualdad, a la libertad y a la seguridad de la persona, a igual protección ante la ley, a verse libre de todas las formas de discriminación, al mayor grado de salud física y mental que se pueda alcanzar, a condiciones de trabajo justas y favorables, a no ser sometida a tortura, ni a otros tratos o penas.
lunes, 30 de noviembre de 2009
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