Se trata de la modificación a la ley 11.723, que permite que los autores e intérpretes argentinos puedan disponer de sus derechos de propiedad intelectual durante 70 años.
Por medio de la incorporación del artículo 5º bis a la ley 11.723, "la propiedad intelectual sobre sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas corresponde a los artistas intérpretes por el plazo de 70 años, contados a partir del 1ª de enero del año siguiente de su publicación".
domingo, 20 de diciembre de 2009
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