Lo establece una ley sancionada por la Legislatura porteña.
Los carteles indicativos deberán contener la especificación de "Alimentos dietéticos" y/o "Alimentos para regímenes especiales".
Una ley sancionada por la Legislatura porteña establece la obligatoriedad para todos los supermercados e hipermercados de disponer de las góndolas necesarias para "concentrar en ellas los productos y bebidas destinados a satisfacer necesidades particulares de nutrición y alimentación" indicados como "Alimentos dietéticos" o "Alimentos para regímenes especiales".
La ley, redactada por la diputada macrista Mónica Lubertino y aprobada por 57 votos a favor y ninguno en contra, señala que "las góndolas y heladeras" que estén afectadas a esos productos "deberán estar claramente señalizadas a efectos de que el consumidor pueda identificar fácilmente los productos buscados".
También se indica que los carteles indicativos deberán contener la especificación de "Alimentos dietéticos" y/o "Alimentos para regímenes especiales".
La norma tiene como objeto que "aquellos consumidores que necesiten la ingesta de productos como los señalados, por ejemplo edulcorante, arroz integral, galletas de arroz, mayonesas livianas y aguas minerales, puedan encontrarlos agrupados en lugares específicamente destinados a ese fin".
De acuerdo con la norma elaborada por Lubertino, "de esta manera se facilitaría al consumidor la búsqueda de los productos y se evitaría el recorrido innecesario por todo el establecimiento, sobre todo para aquellas personas de edad avanzada, que muchas veces se rinden en la búsqueda teniendo en cuenta el tiempo que les lleva localizar los productos necesarios".
También subrayó que todo esto tiene su fundamento en lo establecido en la ley 24.240 de Defensa del Consumidor que en su artículo 4to dice que "el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con claridad necesaria que permita su comprensión".
lunes, 9 de marzo de 2009
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