
La Cámara de Senadores convirtió en ley, con una mayoría contundente, los proyectos de derechos humanos que autorizan a la Justicia ordenar la obtención de ADN de imputados o víctimas, más allá sus voluntades. La norma modifica el artículo 218 bis del Código Penal para permitir que el juez ordene el secuestro de objetos que contengan células desprendidas del cuerpo de personas de las que se sospeche que su identidad fue alterada.
La iniciativa es parte de los compromisos asumidos por el Estado argentino y refrendadas en una “solución amistosa” ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La extracción de ácido desoxirribonucleico (ADN), responde a un pedido de Abuelas de Plaza de Mayo, luego de que en junio pasado la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal impidiera a los Organismos de Derechos Humanos ser querellantes en la causa ESMA.
La norma establece que un “juez podrá ordenar la obtención de ADN del imputado o de otra persona, cuando ello fuere necesario para su identificación o para la constatación de circunstancias de importancia para la investigación”.
“Serán admisibles mínimas extracciones de sangre, saliva, piel y cabello u otras muestras biológicas”. No obstante, se establece que la extracción debe ser "practicada del modo menos lesivo para la persona y sin afectar su pudor, teniendo especialmente en consideración su género y cualquier otra circunstancia en particular".
El texto del proyecto también establece que “si el juez lo estimara conveniente podrá ordenar la obtención de ADN, por medios distintos a la inspección corporal, como el secuestro de objetos que contengan ya desprendidas del cuerpo, para la cual podrá ordenar el registro domiciliario o la requisa personal”.
En ningún caso regirán las prohibiciones del artículo 242 del Código Procesal Penal, donde se establece que “no podrán testificar en contra del imputado, bajo pena de nulidad, su cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos, a menos que el delito aparezca ejecutado en perjuicio del testigo o de un pariente suyo de grado igual o más próximo que el que lo liga con el imputado”.
La discusión se centró fundamentalmente en la forma judicial de conseguir las pruebas de ADN debido a que los opositores a la iniciativa cuestionaron la "contradicción con el sistema penal argentino". Sin embargo, la norma contó con un fuerte respaldo legislativo, y a pesar de haber tenido esa impronta llamó la atención la ausencia de representantes de organismos de Derechos Humanos en los palcos del recinto, a diferencia de la aprobación en Diputados.
El presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Rubén Marín, defendió la medida del oficialismo al relativizar los derechos de los victimarios por sobre los de los familiares de las víctimas. En ese tren, comparó el derecho que tiene el Estado para realizar controles de alcoholemia a los conductores de autos en el marco de la seguridad vial. El jefe de bloque del Frente para la Victoria, Miguel Ángel Pichetto, afirmó que la propuesta de obtención de ADN "es una propuesta moderada, prudente y razonada que deja en las manos del juez la decisión final".
El santafesino Rubén Gistiniani enfatizó el respaldo del socialismo a la obtención de ADN al sostener que "esta media sanción que hoy vamos a transformar en ley va a significar en un importante instrumento legal que va a significar avanzar en la investigación de los derechos humanos". Por su parte, el puntano Adolfo Rodríguez Saá señaló que existió una "intensa discusión en el interbloque federal", hecho que se transformó en el principal argumento para dejar que "cada uno tenga libertad en su votación".
Banco Nacional de Datos Genéticos
Además, la Cámara alta aprobó el proyecto que permite la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos en la órbita del Ministerio de Ciencia y Tecnología y el que permite la participación de agrupaciones como querellantes en los juicios por desaparecidos. Este organismo descentralizado funcionará dentro del Ministerio de Ciencia y Tecnología, luego de que se cambiara a pedido de las agrupaciones la órbita de aplicación, que en el proyecto inicial pertenecía a la cartera de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Su objetivo es "garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria para la identificación de hijos de desaparecidos y de los restos de las víctimas de desaparición forzada".
Actualmente, el Banco de Datos Genéticos –creado por ley en mayo del ’87 a pedido de las Abuelas de Plaza de Mayo y que dio certeza científica al encuentro de 95 chicos secuestrados y apropiados durante la dictadura– funciona en el Hospital Durand, bajo la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
Su director y el resto de los profesionales que lo integren serán los peritos oficiales exclusivos ante los jueces competentes en las causas penales que tengan por objeto la identificación de hijos o hijas de personas desaparecidas durante la dictadura. Por eso, los organismos de derechos humanos, que podrán ser querellantes en las causas judiciales, no conformarán su consejo consultivo.
De esta manera, el Congreso concluyó el tratamiento de las cuatro leyes de derechos humanos -se suma las calumnias e injurias- que la presidente Cristina Kirchner envió al Congreso tras homenajear a los integrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al cumplirse treinta años de su visita al país durante la dictadura, el 11 de septiembre pasado. (Urgente24)
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