La violencia de género ingresó en las agendas y su conceptualización implica un avance en el arduo camino de interpretar la lógica opresiva y tanática del imperio patriarcal. Pero falta: el tema aún es incluido en las secciones “Seguridad” y “Policiales”.
Por Giselle Dal Mas y Leonardo Spivak /El caso de Wanda Taddei, paradigmático por ser el inspirador de la apropiación del concepto de “violencia de género” en los medios de comunicación volvió a ser noticia tras la sentencia condenatoria a Eduardo Vásquez. El Tribunal Criminal 20 lo sentenció a 18 años de prisión por homicidio agravado, utilizando la figura del atenuante por “emoción violenta”. Al día siguiente, Paula González de 21 años sufrió quemaduras en el 75% de su cuerpo, ocasionándole la pérdida de su embarazo de 7 meses y su propia muerte. En tanto, La ONG La Casa del Encuentro registra 51 casos similares en los últimos 2 años.
La violencia de género se ha convertido en tema obligado en la agenda de los medios hegemónicos. Su conceptualización implica un avance en el arduo camino de interpretar la lógica opresiva y tanática de imperio patriarcal dominante. Pero aún resta camino por recorrer. El tratamiento de los hechos aún es incluido en las secciones “Seguridad” y “Policiales”, como lo reflejan los diarios La Nación y El Día, en los cuales aparecen, al mismo tiempo, un robo simple junto a un femicidio.
Mientras Clarín integra datos contextuales sobre esta problemática, El Día se limita al tratamiento de los hechos, y La Nación califica de “dura condena” la reducción de la pena que favoreció a Vázquez al otorgarle 18 de los 35 años que le hubieran correspondido sino se hubiera apelado al atenuante de la emoción violenta. Para ninguno de los medios estos casos merecieron un análisis realizado desde la perspectiva de género ni sobre la necesidad de establecer la figura del Femicidio en el Código Penal.
El caso Wanda Taddei
El 10 de Febrero de 2010, el ex baterista de Callejeros, Eduardo Vásquez, roció con alcohol y prendió fuego a su esposa, Wanda Taddei, quien falleció 11 días después producto de las quemaduras que sufrió en el 60% de su cuerpo. La versión de Vásquez de que se trató de un accidente (en el que se rociaron con alcohol en un forcejeo y por el cual Wanda se incendió intentando asistirlo tras haberse quemado aspirando un cigarrillo) pareció convincente para el entonces juez de la causa, Dafis Niklison, quien le dictó la falta de mérito y le otorgó la libertad hasta dos meses después de la reconstrucción de los hechos. Esta decisión fue harto tratada en los medios hegemónicos, quienes en su cotidiana tarea de instalar un sentido común de “impunidad ante el delito” invitó a la apropiación repetitiva de esta metodología de asesinato, ya que los potenciales homicidas hicieron una lectura del “crimen perfecto”: la víctima es rápidamente inducida al coma, por lo cual no puede relatar lo sucedido, y parecía posible aducir la teoría del “accidente” por aspirar un cigarrillo.
Así, irresponsabilidad al informar en conjunción con falta de herramientas legales para hacer una lectura correcta del tipo de delito y un desconocimiento absoluto del Poder Judicial respecto de la dinámica de la violencia de género constituyeron una mezcla explosiva que invitó a asesinar. Para cuando la reconstrucción del hecho tiró abajo la coartada de Vázquez, los femicidios ocasionados por el incendio de mujeres se habían quintuplicado. Hoy, el atenuante de la emoción violenta asoma, desafiante, frente a la necesidad de instituír una condena ejemplar. El Fiscal del caso, Oscar Ciruzzi, quien apelará el fallo del Tribunal, aseguró que Vásquez “conocía lo que hacía, sabía el resultado y no estaba alterado para hacer lo que hizo” (El Día, 14/06/12). El abogado querellante, Leonardo Rombolá, expresó: “No hay un solo índice de emoción violenta. (Vásquez) dice que se sentó y se fumó un cigarrillo, ¿dónde está la emoción violenta?” (El Día, 15/06/12).
La ONG La Casa del Encuentro lleva contabilizadas 51 víctimas desde que ocurrió el caso de Wanda. Hasta febrero de 2010, los casos de mujeres quemadas eran de 5 o 6 al año, y en su mayoría los hacían cuando ya estaban muertas para ocultar el homicidio. Pero desde el caso Taddei, la amenaza “Te voy a quemar como a Wanda” empezó a circular, y con ella, la promesa cumplida de incendiarlas hasta la muerte. Respecto de la condena a Vásquez, la titular de la ONG Ada Rico expresó que “este fallo es una vergüenza, estamos indignados, tendría que haber recibido perpetua”(Clarín, 14/06/12). Mientras tanto, Vásquez se permitió verbalizar su inocencia en el juicio pese a haberse probado su culpabilidad en los hechos.
El caso Paula González
Un día después de la sentencia condenatoria a Vásquez, Paula González, de 21 años, sufrió quemaduras en el 70% de su cuerpo, lo que le ocasionó la pérdida de un embarazo de 7 meses y de su propia vida. Su pareja, Daniel López, pese a haber sido denunciado por la víctima por violencia familiar, permanece en libertad, luego de que el Fiscal Marcelo Romero se basara en las declaraciones de López que asegura se trató de una autolesión, junto con la declaración de una emergentóloga que afirma haber oído a Paula decir “me quemé, me quemé”.
Curiosa casualidad la de la coincidencia de esta declaración con la de uno de los médicos que asistió a Wanda y aseguró que dijo lo mismo. Más extraña aún es la teoría de la autolesión en una mujer que lleva un embarazo de 7 meses y es madre de 3 hijos, por lo cual los familiares de la víctima tienen fuertes sospechas sobre su pareja, la única persona que estaba con ella cuando sucedieron los hechos.
Según las versiones de Daniel López, luego de una discusión la víctima corrió hacia su habitación y para cuando éste llegó, la mujer ya se había incendiado. El abogado de la familia de González expresó al respecto:“Ese cuento no se corresponde con las lesiones de uno y otro. Paula tiene más de la mitad de su cuerpo afectado y el muchacho sólo heridas leves” (Clarín, 16/06/12).
Frente a un caso de similares características a las del caso Taddei, resulta peligroso que el propio Poder Judicial carezca de las herramientas necesarias para actuar con idoneidad, permitiendo la posibilidad de pérdida de elementos probatorios con la libertad de López y de contribuír a la replicación de casos. Al respecto de esta temática, la Coordinadora del Programa “Las Víctimas contra las Violencias” del Ministerio deJusticia y Derechos Humanos de la Nación, Eva Giberti, ofrece un rico análisis de la figura de emoción violenta en el ámbito penal, en una nota publicada por el diario Página/12 el pasado 19 de junio. Según la especialista, los penalistas han convertido a la violencia en un adjetivo calificativo de la emoción, con lo cual se subjetiva a la emoción y se objetiva al sujeto que la “padece”; de este modo, el sujeto “no es violento” sino que “se puso violento”, fue preso de una emoción incontrolable de matar. Es la emoción entonces la que adquiere estatus de sujeto: así, el homicida es una simple “víctima” de la misma. En los hechos, resulta difícil instituír en estos casos esta figura, ya que el homicida debió procurar para sí la adquisición de los objetos con los que perpetrará el hecho (alcohol, encendedor), la oportunidad de llevarlo a la práctica en soledad con la víctima, y luego quizá durante la ejecución del homicidio o al finalizarlo, caiga “preso” de la emoción violenta, si se asusta de lo que está haciendo.
Otra cuestión es la del supuesto “contagio” que en los medios hegemónicos se utiliza para explicar la replicación de casos de estas características. Giberti explica que no se puede hablar de “contagio” en conductas homicidas, ya que se puede contagiar un estado de ánimo, más no la decisión de matar. Así, el asesino ejecuta la acción más bien por inspiración, la cual peligrosamente puede ser promovida tanto por la criminología mediática en su actitud irresponsable de instalar el imperio de la “impunidad del delito”, como por el Poder Judicial, que carece de las competencias necesarias para abordar con éxito este tipo de delitos.
Frente a una multiplicidad de factores que contribuyen a la perpetración de estos femicidios, donde el imperio del patriarcado “alecciona” a las víctimas que osan rebelarse frente al mismo, resulta imprescindible debatir ampliamente la necesidad de instaurar la figura de Femicidio en el Código Penal, y la desaparición de la figura de la emoción violenta en este tipo de delitos, junto a la creación de instructivos para los medios de comunicación sobre cómo comunicar hechos de violencia de género, para que de una vez por todas dejen de perecer mujeres en la pira de sacrificios de la violencia machista.
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